Suelo guardar en carpetas todos los temas que han sido motivo de debate en los que yo haya participado con explicaciones que o bien he dado yo o que me las han dado a mí, y en la carpeta sobre el "seseo" no he hallado nada más que esto que te envío a no ser que me des alguna otra pista; puede ser que recuerdes que era algo más extenso porque en le respuesta que te di a este tema incluía también otra explicación sobre las rimas ABCD ABCD. Eso también lo tengo guardado.
No dejes de ternernos al tanto de lo que nos tengas que decir cuando escribas (bien) sobre el asunto, pues me has dejado muy intrigado con ese "algo extraño" que dices que hay en esto (???)
Saludos.
Vale. Entonces debe de ser que yo recordaba dos textos distintos que, en realidad, son sólo uno, el de la entrada del DRAE.
Bueno. Comento ahora lo que me parece tan extraño. Dice la Real Academia (copio del enlace anterior):
El seseo meridional español (andaluz y canario) y el hispanoamericano gozan de total aceptación en la norma culta. Diccionario panhispánico de dudas ©2005
Lo primero se refiere a la "total aceptación". La aceptación es clara, según esto, en la lengua hablada. Pero, ¿qué pasa con la lengua escrita? La ortografía vigente entonces prescribía, sin embargo, que en la lengua escrita ambos sonidos debe distinguirse adecuadamente, con lo que la aceptación ya no parece tan total. En cambio, la ortografía de 2010 da un paso enorme en este sentido: para que la aceptación sea verdaderamente total también en la lengua escrita, se gastan diez páginas para "Notas orientadoras" sobre el uso de las letra s y z para hablantes que sesean o cecean, para la escritura de los sufijos -ción y -sión, etc...; diez páginas que son, en realidad, un extenso catálogo de ejemplos y excepciones, en una casuística que se ríe del laberinto del minotauro. A mí esto me resulta realmente extraño, y sinceramente, poco útil: ¿quién se va a estudiar todos esos casos para escribir? ¿De verdad pensáis la norma antigua, que prescribía que se debe mantener la escritura tradicional, era tan deficiente? Yo creo que tenía cosas muy buenas: sencillez y fidelidad a la etimología de los vocablos. Y más allá de la lengua escrita, existían (no sé si ahora están vigentes) las distintas "hablas" en las que se realizaba oralmente el lenguaje. Yo creo que ahora reina bastante confusión. Antes la confusión era mucho menor, creo yo, a pesar de las diferentes realizaciones fónicas que cada hablante pudiese hacer, según su habla, sobre las mismas grafías.
Lo segundo se refiere al elemento local. La Real Acadmia acepta totalmente en la norma culta el seseo andaluz, canario e hispanoamericano (en la lengua oral desde luego, y también, como hemos dicho, en la escrita). Vamos a suponer que en este foro aparece un poeta de Málaga que escribe (aplicando las orientaiones ortográficas a que me refería antes) un poema que incluye el seseo escrito. Todos le celebramos el poema, porque realmente es bueno. Pero al agradecer nuestros comentarios nos revela que, en realidad, él es nacido y criado en Valladolid, pero que lleva un año viviendo en Málaga, y desde en ciudad andaluza escribió y publicó el poema (o también: que nos engañó con lo de Málaga, simplemente, como tantas personas que no revelan su verdadera identidad en Internet). ¿Qué ocurre entonces? Su seseo ya no es de los aceptados, pues poco de andaluz tiene este señor, pero el poema sigue siendo el mismo. ¿De verdad no os parece esto un poco raro? Si el seseo es una incorporación que ha enriquecido a la lengua castellana de forma tal que se ha ganado
totalmente su lugar en la lengua culta, ¿por qué sólo se ha licitado
parcialmente, con criterios locales, y con esa farragosa casuística? Por otra parte, es bastante inexacto hablar sin más del seseo andaluz o del seseo meridional español (aceptados), como si toda Andalucía lo practicara. En el pueblo donde yo vivo, por ejemplo, no existe el seseo. Entonces, puesto que somos andaluces, ¿es lícito que lo practiquemos, si queremos, aunque no sea natural en nosotros? Como digo, me resulta muy raro todo.
Realmente no veo las ventajas de la nueva norma (y de las orientaciones, ya que no todas son normas) de la Real Academia.
A lo que sí le veo sentido (aunque yo, que no seseo, no lo practique) es que la rima (que atiende al nivel fónico, y no a la grafía) acepte como consonancia lo que suena igual y es lícito: por ejemplo, la rima consonante que involucra el seseo. Eso es algo que aprendí hace pocos meses gracias a vosotros en el foro.
Como acaba de decir Jorge, es verdad que la cuestión que se ha planteado con la décima de este hilo no era sobre el seseo, sino sobre las -s finales y la rima; pero se ha extendido a otras cuestiones que guardan relación con eso. Espero haber explicado bien mi parecer, mi extrañeza y mis dudas.
Saludos.